La prescripción de un delito establece el tiempo máximo que tienen las partes implicadas en un litigio para iniciar un procedimiento judicial a partir de la fecha de un presunto delito, ya sea civil o penal. Sin embargo, el tiempo que la ley concede a la víctima para emprender acciones legales contra el presunto infractor puede variar de una jurisdicción a otra y de la naturaleza del delito.
Fundamentos clave
- La prescripción es una ley que establece el tiempo máximo que tienen las partes de un litigio para iniciar un procedimiento judicial.
- El plazo de prescripción varía en función de la gravedad del delito y de la jurisdicción en la que se disputa.
- Así mismo, no prescriben las penas de terrorismo cuando hubiesen causado la muerte de alguna persona.
- En caso de delito continuado, el plazo comenzará a computar cuando cese el comportamiento ilícito.
- En penas compuestas se atendrá a aquella que conlleve un mayor plazo de condena.
- Según el derecho internacional, los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra y el genocidio no prescriben.
- Los plazos de prescripción también pueden aplicarse a las deudas de los consumidores, que se convierten en deudas prescritas una vez transcurrido el plazo de prescripción.
- Los defensores de la prescripción creen que es necesaria porque con el paso del tiempo pueden perderse pruebas importantes y la memoria de los testigos puede volverse borrosa.
Delitos penales
En base al artículo 131.1 del Código Penal los delitos prescriben cuando:
- Pasados 20 años – para delitos con pena máxima de prisión de 15 a más años.
- Pasados 15 años – para delitos con pena máxima de prisión de entre 10 y 15 años.
- Pasados 10 años – para delitos con pena máxima de prisión de entre 5 y 10 años.
- Pasados 5 años – para el resto de los delitos.
- Pasado 1 año – para delitos leves, y delitos de injurias y calumnias.
Las penas impuestas por sentencia firme prescriben según los siguientes plazos:
- Pasados 30 años – para delitos con pena máxima de prisión de más de 20 años.
- Pasados 25 años – para delitos con pena máxima de prisión de 15 a más años sin que excedan los 20 años.
- Pasados 20 años – para las inhabilitaciones por más de 10 años y para los delitos con pena máxima de prisión de 10 años y menos de 15 años.
- Pasados 15 años – para las inhabilitaciones de entre 6 y 10 años y para los delitos con pena máxima de prisión de 5 y 10 años.
- Pasados 10 años – para los delitos restantes con penas graves.
- Pasados 5 años – para los delitos restantes con penas menos graves.
- Pasado 1 año – para delitos leves.
Acción civil
Tras la reforma del art. 1964.2 Código Civil, la prescripción de acciones personales queda de la siguiente forma:
- Reclamaciones por acciones personales nacidas antes del 7 de octubre del 2015 – prescribieron el 28 de diciembre de 2020.
- Reclamaciones por acciones personales nacidas después del 7 de octubre del 2015 – prescribirán en un plazo de 5 años.
Delitos sexuales en menores
En lo referente a los delitos sexuales a menores el plazo comenzará a computar cuando el menor haya alcanzado la mayoría de edad, y se regirá por los mismos parámetros que los descritos en el artículo 131.1 del Código penal, en función de la gravedad del delito.
Sin embargo, el Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia pretende cambiar este parámetro para que los plazos de prescripción comiencen a computar una vez el menor haya alcanzado los 30 años, y en las mismas condiciones descritas en el artículo 131.1 del Código Penal. Ley que se encuentra a la espera de aprobarse.
Hacienda Pública y Seguridad Social
- Prescribe a los 5 años – Delito fiscal de defraudación de menos de 120.000€ de cuota.
- Prescribe a los 10 años – Delito fiscal de defraudación de menos de 600.000€ de cuota o dentro de un grupo criminal o persona interpuesta a la Hacienda Pública Española.
- Prescribe a los 5 años – Delito fiscal de defraudación de menos de 50.000 en subvenciones y ayudas de la UE o contra la Hacienda de la UE.
- Prescribe a los 5 años – Delito fiscal de defraudación de entre 4.000 y 50.000€ en subvenciones y ayudas de la UE o contra la Hacienda de la UE.
- Prescribe a los 5 años – Delito contra la Seguridad Social defraudando más de 50.000€.
- Prescribe a los 10 años – Delito contra la Seguridad Social defraudando menos de 120.000€ o dentro de un grupo criminal o personas interpuestas a la Hacienda Pública Española.
- Prescribe a los 5 años – Delito contra la Seguridad Social por la obtención de prestaciones mediante simulación u ocultación.